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Requisitos para la ayuda de
vivienda de la Comunidad Valenciana

Eres mayor de edad y no superas los 45 años.

Tienes y puedes acreditar tu residencia continuada e ininterrumpida en la Comunidad Valenciana durante los 2 años previos a la solicitud de financiación.

Se trata de tu primera compra de una vivienda según el régimen de propiedad.*

*Salvo en los siguientes casos: ·Propiedad sobre una parte alícuota de la vivienda menor al 50%. ·Sentencia judicial de separación o divorcio que no adjudique el uso de la vivienda familiar.

El precio de adquisición, sin gastos y tributos inherentes a la compra, no supera los 277.000 €.**

**El precio de adquisición a que hace referencia este apartado deberá incluir las plazas de aparcamiento, trastero o cualquier otro anexo que lleve aparejado la vivienda.

Nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea, o residencia legal en España para extranjeros de Países afuera de la Unión Europea.

La vivienda debe estar situada en la Comunidad Valenciana y destinarse a domicilio habitual y permanente de los solicitantes durante todo el periodo de la garantía.

No tener deudas con la Generalitat Valenciana o su sector público, a menos que estén aplazadas, fraccionadas o suspendidas en su ejecución.

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Documentación

Una vez sepas qué hipoteca se adapta mejor a ti, tendrás que preparar la documentación necesaria:

Tasación y firma

Al aprobar el estudio, tasaremos la vivienda. Luego deberás escoger a tu notaría para una entrevista y agendar el día de la firma.

Para solicitar la ayuda de la Comunidad Valenciana deberás aportar la siguiente documentación extra*:

  • Documento acreditativo de la identidad o tarjeta equivalente de las personas extranjeras residentes en territorio español.

  • Certificado del padrón municipal en el que conste el empadronamiento en el territorio de la Comunidad Valenciana durante, al menos, dos años de forma ininterrumpida. La documentación debe tener una antigüedad máxima de 3 meses.

  • Certificado negativo registral y, en su caso, nota simple del Servicio de Índices del Registro de la Propiedad de las personas adquirentes de la vivienda, por la que quede constancia de que cumplen el requisito de no tener ninguna vivienda.  La documentación debe tener una antigüedad máxima de 3 meses.

  • Contrato de arras, oferta de compra, reserva o preacuerdo que acredite el compromiso de compraventa del inmueble.

  • Declaración responsable por parte de la persona solicitante de la garantía en la que manifieste su compromiso de que la vivienda se va a destinar a domicilio habitual durante, al menos, el periodo de vigencia de la garantía. 

  • Nota simple de la vivienda a adquirir.

Preguntas frecuentes

Una hipoteca bonificada no es más que una serie de servicios que ofrece un descuento en el tipo de interés en función de los productos asociados o vinculados que se contraten con la entidad bancaria. En imagin únicamente necesitamos que domicilies tu nómina y/o contrates nuestro Seguro de Hogar y Seguro de Vida para poder bonificar tu hipoteca.

La cuota mensual no debería superar el 40 % de tus ingresos totales.

Una vez hayas enviado tu solicitud de estudio de la hipoteca, necesitaremos que nos envíes una serie de documentos para realizar la evaluación. En función de tu situación laboral necesitarás una documentación u otra. Además, al tratarse de una hipoteca además deberás aportar información sobre el estado del inmueble.

Asalariado

  • NIF
  • Justificación de ingresos (3 últimas nóminas, alquileres, rentas, …) y contrato de trabajo
  • Última declaración anual de IRPF
  • Declaración de bienes firmada o impuesto de patrimonio

Autónomo

  • Resumen anual del IVA (modelo 390) y declaraciones del año en curso.
  • Resumen anual de retenciones a cuenta del IRPF y declaraciones del año en curso.
  • Pago Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
  • 3 últimas liquidaciones a la Seguridad Social y pago del recibo de autónomos.
  • Declaración anual de operaciones con terceros (modelo 347).
  • Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
  • Certificado de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias.

Documentos de la vivienda

  • Escritura acreditativa de la propiedad inscrita en el Registro de Propiedad.
  • Último recibo del IBI del inmueble a hipotecar.
  • Si procede, certificado de estar al corriente de pago de las cuotas de la comunidad de propietarios.
  • Contrato de compraventa de la vivienda o contrato de arras.

Una vez nos facilites toda la documentación necesaria, (documentos personales, de la vivienda y tasación), tras estudiar tu viabilidad, podremos darte una respuesta en cuestión de días.

Dependerá de la agenda de la notaria que escojas. Deberás elegir la notaria para agendar el día de firma y que te asesoren.

Ten en cuenta que, por ley, una vez firmada la FEIN, (documento vinculante que contiene las condiciones de la hipoteca) y sus anexos, dispondrás de 10 días naturales o 14 días naturales en Cataluña, para poder reflexionar y revisar las condiciones de la hipoteca, antes de la firma ante notario.

En el momento del asesoramiento, el notario emite un acta de conformidad para la firma y en ella informa de la fecha a partir de la cual ya podría firmarse el contrato.

Como mínimo, deberás cumplir el periodo de reflexión que te corresponda.

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